La rebaja del IVA del pan sin gluten, una buena noticia para el colectivo celiaco

IVA pan sin gluten

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A sabiendas de que una dieta sin gluten incrementa el gasto de las personas celiacas hasta 66 euros al mes, en Nagual celebramos la reciente rebaja del IVA del 10% al 4% de los panes especiales, incluidos los sin gluten, una medida que beneficia al colectivo celiaco, uno de los mayores consumidores de nuestras tortillas y productos gluten free. Aunque queda mucho camino por recorrer en la plena equiparación de opciones y de costes entre las personas intolerantes al gluten y aquellas que no lo son, con los perjuicios que ello conlleva para un colectivo que en España ya representa entre un 1% y 2% de la población, se trata de un primer paso muy interesante. En este post te contamos los entresijos de esta novedad.

En octubre de 2024 se hacía pública la decisión del Tribunal Supremo de rebajar el IVA de los panes especiales del 10% al 4%. En principio, el cambio aplicaría a los panes de molde, los multicerales, baguettes, biscotes, picos y pan rallado, que por fin se equipararían en lo que respecta a impuestos al pan común, esto es, el que se elabora con harina, agua, levadura o masa madre y sal. Ahora bien, ¿qué pasaría con el pan sin gluten, la única opción segura para el colectivo celiaco? La Federación de Asociaciones de Celiacos de España planteó explícitamente la cuestión al Ministerio de Hacienda, quien, tras recabar más información al respecto, decidió incluir el pan sin gluten en el conjunto de panes que entrarían en la rebaja del IVA, una medida que finalmente entró en vigor el pasado mes de febrero.

La rebaja del IVA del pan sin gluten, publicada en el BOE

En concreto, la norma publicada en el BOE el pasado 24 de febrero, hacía referencia a que, a partir de ese momento, “sería de aplicación el tipo reducido del 4 por ciento al que se refiere el artículo 91.dos.1.1.º de la Ley 37/19921 a las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de todos los productos referidos en el Real Decreto 308/2019, de 26 de abril, por el que se aprueba la norma de calidad para el pan, así como a los productos que, respondiendo a la definición de pan común, pan especial o productos semielaborados referidos en el mismo, hayan sido elaborados con harina exenta de gluten, bien sea de forma natural o porque haya sido objeto de un tratamiento especial para reducir su contenido de gluten, o en el que harina haya sido sustituida por otros ingredientes exentos de gluten de forma natural; aunque estos sean mayoritarios en su composición».

Con esta nueva norma, el IVA superreducido del 4% del que ya disfrutaba el pan común ha llegado por fin a los panes sin gluten elaborados a base de cereales como el maíz, el trigo sarraceno, el mijo, la quinoa, el arroz o el teff, entre otros. Se trata de una medida que, sin duda alguna, servirá para acortar -aunque no lo suficiente- la distancia entre el coste de una cesta de la compra sin gluten y otra con gluten. Y es que la primera supone un gasto extra de 792 euros al año, tal y como puso recientemente de manifiesto el último Informe de Precios publicado por la Asociación de Celíacos y Sensibles al Gluten.

Un primer paso en la equiparación de derechos

Lo que, aun así, no podemos obviar es que se trata de un primer paso que puede acabar sentando cátedra en lo que a equiparación de derechos y ayudas al colectivo celiaco, al que desde Nagual tenemos en cuenta especialmente. En otros países de la Unión Europea, como Austria, Italia, Finlandia, Francia, Noruega, Portugal o Reino Unido, las personas celiacas cuentan con ayudas a nivel nacional para sufragar parte de sus gastos alimentarios.

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